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PROCESO ELECTORAL PLEBISCITO
06/08/2020
Vence el plazo de diez días para reclamaciones al Padrón Electoral auditado. Arts. 48 y 49, Ley N° 18.556.
Vence el plazo de diez días para reclamaciones al Padrón Electoral auditado. Arts. 48 y 49, Ley N° 18.556.