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PRIMARIAS ALCALDES Y GOBERNADORES
07/11/2020
Los Secretarios de cada Junta Electoral publican, en un diario o periódico, las nóminas de vocales designados para Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores, los Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores para las Elecciones Primarias de Alcaldes y Gobernadores Regionales. Arts. 48, 58,60, 88, 89 y 90, Ley N° 18.700 y. Art. 6 y 29, Ley N° 20.640.