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PRIMARIAS ALCALDES Y GOBERNADORES
14/11/2020
Los Secretarios de cada Junta Electoral publican las nóminas de reemplazantes de vocales para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores para las Elecciones Primarias de Alcaldes y Gobernadores Regionales. Arts. 51 y 91, Ley N° 18.700, y Art. 6, Ley N° 20.640.
Servicio Electoral entrega a los partidos políticos, a los pactos electorales y a los candidatos independientes, facsímiles de las cédulas con las cuales se sufragará en las Elecciones Primarias de Alcaldes y Gobernadores Regionales. Art. 30 inciso 2, Ley N° 18.700 y Art. 6, Ley N° 20.640.