MUNICIPALES, GOBERNADORES REGIONALES Y CONVENCIONALES
A las 24 horas termina todo tipo de propaganda electoral e información electoral de utilidad para la ciudadanía. Arts. 31 inciso 6 °, 35 inciso 9 °, Ley Nº 18.700.
A las 24 horas termina todo tipo de propaganda electoral e información electoral de utilidad para la ciudadanía. Arts. 31 inciso 6 °, 35 inciso 9 °, Ley Nº 18.700.
Desde las cero horas se prohíbe la celebración de toda manifestación o reunión pública de carácter electoral y permanecerán cerradas las secretarías de propaganda y toda oficina u organización destinada a atender electores. Art. 127, Ley Nº 18.700. Fuerzas Armadas y Carabineros asumen el resguardo del orden público hasta el término de las funciones de […]
A las 15:00 horas, los vocales de Mesas Receptoras se reúnen para constituirse en el sitio que se les haya fijado para su funcionamiento, para recibir por parte del Servicio Electoral, la capacitación la que será obligatoria respecto de aquellos que ejerzan por primera vez dicha función. Art. 55, Ley Nº 18.700.
ELECCIONES DE ALCALDES, CONCEJALES, DE GOBERNADORES REGIONALES Y CONVENCIONALES CONSTITUYENTES. Art. 106, Ley Nº 18.695. Art. 83, Ley N° 19.175. Las oficinas Electorales funcionan desde las siete de la mañana. Art. 60, inciso 4º, Ley Nº 18.700. Los vocales se reúnen en los locales respectivos a las ocho de la mañana y comienza el funcionamiento […]
A las 14:00 horas se reúnen los Colegios Escrutadores en los lugares que hubieren designado las Juntas Electorales correspondientes. El Delegado de la Junta Electoral deberá concurrir personalmente al inicio de la sesión, con el objeto de hacer entrega de los sobres cerrados y dirigidos al Colegio Escrutador que contiene las actas de escrutinio de […]
Vence plazo para presentar solicitudes de rectificaciones de escrutinios y reclamaciones de nulidad electoral ante el Tribunal Electoral Regional correspondiente. Art. 106 inciso 2°, Ley N° 18.700.
Vence plazo para que Administradores Electorales remitan a sus respectivos Administradores Generales la documentación contable de sus candidatos. Arts. 37 letra c) y 58, Ley Nº 19.884.